sábado, 17 de julio de 2010

Voluntad de emancipación

- Sentido político del Bicentenario -

1.

Con-memorar un evento significa retomar el sentido profundo del mismo. La con-memoración sólo puede ser comunitaria, de lo contrario sería sólo “memoración”. Es una comunidad la que vuelve su mirada a algún hecho del pasado en búsqueda de señales para encontrar sentido a su presente y dar sentido a su futuro. El sentido, en esta doble acepción –como significado del presente y como direccionalidad del futuro- es así el objeto de toda conmemoración. No se recuerda por el puro gusto de recordar ni por el dolor de lo perdido: ni esteticismo ni nostalgia son principales en la conmemoración. Se recuerda para encontrar respuestas a las preguntas que nos hacemos hoy y para proyectar el camino que, como comunidad, tenemos por delante. Claro que el sentido que podamos encontrar en el acontecimiento conmemorado se abre camino en medio de un conflicto de interpretaciones, en el cual cada significado atribuido es a la vez un posicionamiento axiológico.

La conmemoración tiene por ello un carácter claramente político, en tanto está realizada por una comunidad que busca su sentido como tal, y en tanto es objeto de un conflicto de interpretaciones y posicionamientos al interior de esa comunidad.

En este caso, además, la conmemoración es académica, universitaria. Y no sólo el sujeto de la conmemoración está así acotado sino que también el carácter académico define un modo propio de esta acción. Es en el ámbito de la ciencia y el pensamiento académicos en donde tiene lugar la acción del memorar juntos para encontrar sentido. Es la razón la que pretende elaborar críticamente una memoria que está usualmente en el plano de las emociones o de lo no pensado. ¿Se desvía así la razón universitaria de su cometido y de los principios de su funcionamiento? ¿Es acaso una condescendencia particularista el que una Universidad realice el gesto de la conmemoración? La tensión entre lo particular de una comunidad histórica y la pretensión de universalidad del saber universitario son las otras coordenadas de esta conmemoración del Bicentenario de la Revolución de Mayo. No es este ciclo una “extensión” de las actividades propias de la Universidad, sino la realización de su propia misión y con sus propios modos.

Quizás en este modo de memorar juntos podamos liberar a la comunidad política de las estrecheces de sus particularismos y a la Universidad de la abstracción de su ciencia.

2.

Quiero proponerles para la reflexión critica la siguiente afirmación: El sentido del Bicentenario pasa por retomar el acto fundacional de nuestra comunidad política latinoamericana, expresada en una voluntad de emancipación que en cada situación histórica debe determinarse ante nuevos desafíos.

3.

Sostenemos que la revolución de Mayo que hoy conmemoramos es la afirmación de una voluntad de emancipación por parte de un sujeto político que con esa voluntad comenzaba también a afirmarse como distinto y autónomo respecto de otros sujetos del espacio político de entonces.

Ni la emancipación ni el sujeto son realidades naturales, predeterminadas y cerradas. Por el contrario, la emancipación es un proceso que encuentra a cada paso nuevos desafíos que imponen nuevas interpretaciones y decisiones de lo que hay que hacer para reafirmar esa voluntad. Y el sujeto político es un ‘nosotros’ siempre renovado que establece sus alcances y sus posibilidades en cada situación histórica mediante la reafimación de una voluntad de ser ése sujeto y no otro, lo que dicho con otras palabras, es precisamente la voluntad de emancipación.

Es decir, en 1810 se inicia explícitamente –pues los procesos pueden rastrearse más atrás- un camino de afirmación de un nuevo sujeto político (“se levanta a la faz de la tierra una nueva y glorioso nación” se decía)(1), que pasará por distintas etapas y lo hará a través de diversas mediaciones. Afirmación no siempre clara ni progresiva, sino que estará sujeta a la firmeza y convicción con que se determinen las acciones que la explicitan.

La afirmación de un sujeto y de su voluntad de emancipación se hace siempre desde una parcialidad. Se pretende universal pero no puede hacerse más que desde la particularidad. Ni el sujeto ni la voluntad son realidades homogéneas o ahistóricas. Son realidades políticas: se re-configuran en función de posicionamientos de poder en el espacio público. Se disputa la representación del todo, mediante la capacidad de articular demandas y hegemonizar interpretaciones. No alcanza la voluntad particular de un sector para imponer su propia visión del nosotros: esa visión deberá ser aceptada como la que representa al todo por parte de otros sectores que pueden canalizar sus demandas a través de ella (2). En el caso que nos ocupa, la voluntad de emancipación se expresó con ambigüedades y no pocos enfrentamientos en sectores de la burguesía comercial porteña entre otros, pero fue paulatinamente hegemonizando la representación de lo que estaba ocurriendo. Si al principio pudo haber interpretaciones diferentes acerca del sentido del Cabildo Abierto, poco a poco se va imponiendo el sentido emancipador hasta ser asumido por otros sectores, no sólo de la sociedad porteña sino también de las otras provincias, en un proceso que tendrá otro hito en la declaración de la Independencia de 1816. Pero nos equivocaríamos si pensáramos que el ideal de la independencia estaba claro en todos desde el comienzo y sólo esperaba una mejor oportunidad. Se trató de verdaderas luchas por el sentido, en el que sectores contrapuestos se enfrentaron por hegemonizar la interpretación de los acontecimientos.

Así, por ejemplo, la generación de los libertadores entre 1810 y 1824 luchó no sólo por expulsar a los ejércitos españoles de América, sino por imponer una concepción sudamericana del nuevo sujeto político. Esta interpretación chocó claramente con la de las élites portuarias (no sólo porteñas) de las distintas regiones, cuyos intereses terminaron por imponer el dibujo actual de las naciones de nuestra América. El triunfo de esta visión fragmentadora se debió no solamente a mejores posicionamientos estratégicos de esas élites sino también, en nuestro caso, al ejercicio político de un pensamiento lúcido, el de la generación de 1837, que fijó los “dogmas” del sentido de la nacionalidad argentina (3). Dogmas que se convirtieron en políticas activas entre 1862 y 1916, cuando con el irigoyenismo comienza a aparecer un nuevo sujeto político que habrá de reconfigurar el escenario, aunque sin poder modificar la orientación general de aquellas políticas.

4.

Conmemoramos hoy una Revolución que cambió el orden político colonial por un orden político nuevo que fue configurándose como independiente, republicano, democrático, aunque en demoradas etapas. La memoria de una revolución es la reasunción de su impulso inicial. Si lo que surgió de ese impulso es un nuevo sujeto político con una nueva voluntad de ser en el espacio público global, podemos considerar a la Revolución de Mayo como el acontecimiento fundacional de nuestra Nación, en tanto es una referencia primera desde donde se origina el orden político vigente (4). No porque no haya habido antes acciones y gestos en la misma dirección, ni porque no haya habido después re-definiciones acerca del alcance y determinación del sujeto político. Sino porque Mayo ocupa en la memoria colectiva el lugar de la fundación, el acontecimiento en el que emerge con posibilidades esa voluntad de emancipación que da perfil al nuevo sujeto.

Cuando un orden político pierde legitimidad pasa a ser el Antiguo Orden, un orden viejo que debe ser reemplazado por un Nuevo Orden. El orden se convierte en caos y necesita ser reemplazado por otro orden. La voluntad de pasar de uno a otro es el acontecimiento fundacional. No se trata del paso del Estado de Naturaleza a un Estado Civil o político mediante un pacífico contrato social. Se trata de la pérdida de legitimidad de una determinada estructura de dominación u orden político, que pretende perpetuarse con “estados de excepción” (Agamben)(5) pero que es enfrentada desde diversos “estados de rebelión” (Dussel). Por eso no son todos los que sostienen esa voluntad fundacional. Los patriotas del nuevo orden son los subversivos del viejo orden y deben enfrentarse con sus conservadores o restauradores. Y no siempre se triunfa, al menos en un primer intento. Por eso decíamos que éstas son realidades políticas y no naturales. El carácter político está dado por su contingencia, historicidad, novedad, apertura, conflictividad y voluntariedad. No es un acontecimiento necesario, podría no haber ocurrido. No es atemporal sino que ocurre en un momento determinado, con las posibilidades de ese momento. Tampoco es una esencia predeterminada que reúne características definitorias: nuestra Revolución de Mayo no es la Revolución Francesa ni la Revolución norteamericana; sus caracteres propios fueron determinados por sus protagonistas, por sus interpretadores, y por sus herederos, incluyendo la irrupción de lo inesperado o de lo nuevo. Y esos caracteres no son unívocos ni únicos, sino que pugnan en medio del conflicto de los posicionamientos y las interpretaciones. Finalmente, es un acontecimiento político porque no es meramente un hecho de razón, sino de voluntad: es porque se quiere cambiar de orden por lo que nos rebelamos ante un orden injusto y ponemos las mediaciones para construir uno nuevo. La voluntad de ser, que se identifica en nosotros con la voluntad de vivir, es así el fundamento de la voluntad de poder: es porque queremos vivir, y vivir mejor, por lo que queremos poder-poner las mediaciones necesarias para ello. El nuevo orden construirá también conflictivamente esas mediaciones institucionales en el ámbito de las decisiones políticas. Pero se sostiene en una voluntad de ser y de vivir que es el fundamento y razón de ser de la comunidad política. Es la distinción entre la política y lo político (6), entre el plano de la potentia (poder de la comunidad) y el plano de la potestas (poder delegado en los representantes) (7).

Pues bien, hablamos de la Revolución de Mayo como un acontecimiento fundacional porque tuvo efectos en el plano de lo político y de la potestas, manifestando una voluntad de emancipación como voluntad de ser y de vivir como un nuevo sujeto político. Es ésa voluntad la que retomamos en cada conmemoración. No las formas y decisiones del plano institucional de la política, sino el acontecimiento fundacional que nos hace sostener ante otros sujetos nuestra voluntad de ser y de vivir soberanamente. La herencia de la Revolución no es un legado (8) que a modo de mandato legal nos indique determinadas formas de organización que deben ser repetidas para siempre: la herencia de la revolución es reanudar el acto de voluntad de emancipación y volver a fundar la comunidad política sobre él. Un acontecimiento fundacional que no puede ejercerse en el vacío sino que debe sostener nuevas políticas que medien esa voluntad ante los desafíos de cada momento histórico.

5.

La conmemoración de la Revolución de Mayo pasa también hoy por un conflicto de interpretaciones. Ninguna de éstas es ingenua, toda interpretación de su sentido implica un posicionamiento y una valoración en función de proyectos actuales. Por eso la comparación con el Centenario es inevitable: allí se trató de una celebración de una república para pocos, sin integración social ni derechos políticos en un país incapaz de emanciparse del Imperio Británico del cual las élites gobernantes se sentían parte. Hoy el marco es distinto: asistimos a una confrontación entre políticas orientadas a la construcción de la Patria Grande frente a las nostalgias de nuestras “relaciones carnales” con el primer mundo; políticas de integración social y vigencia de los DDHH frente a las voces que reclaman un orden represivo; políticas de emancipación de los mecanismos de dependencia económica frente a los defensores de la timba financiera del neoliberalismo; políticas del bien común determinado democráticamente frente a la imposición mediática de intereses corporativos que quieren seguir rapiñando lo público; en fin, hoy el marco dilemático de nuestra conmemoración está dado por un proyecto de afianzamiento de las conquistas sociales y políticas e insistencia en lo que aún falta, frente a otro proyecto de restauración conservadora. Hay que elegir de qué lado se está. El sentido del Bicentenario dependerá de ese lugar.

UNSE, Santiago del Estero, 26 de mayo de 2010.-

Notas

(1) La letra del Himno era en sus comienzos (1812) marcadamente independentista y antiespañola, como correspondía al espíritu de la época. La Asamblea del año XIII pide un "arreglo" de la letra, para que el himno quedara más acorde con los nuevos vientos que soplaban: Inglaterra se oponía vigorosamente a todo arresto de autonomía en las colonias de España, su aliada en la guerra contra Napoleón. El embajador británico, Lord Strangford, hace saber al gobierno de Buenos Aires "lo loco y peligroso de toda declaración de independencia prematura". Desaparecen entonces estrofas que anunciaban que "se levanta a la faz de la Tierra una nueva y gloriosa Nación". Cf. http://es.wikipedia.org/wiki/Himno_Nacional_Argentino.

(2) Cf. LACLAU E., La razón populista, FCE, Buenos Aires, 2005.

(3) Cf. CANAL FEIJÓO B., Alberdi. La proyección sistemática del espíritu de Mayo, ed. Losada, Buenos Aires, 1961.

(4) Cf. DUSSEL E., Política de Liberación. II: Arquitectónica, ed. Trotta, Madrid, 2009.

(5) Cf. AGAMBEN G., Estado de excepción, A. Hidalgo ed., (Trad. F. Costa-I. Costa), Buenos Aires, 2004.

(6) MOUFFE Ch., En torno a lo político, FCE, Buenos Aires, 2005. También ARDITI B. (ed.), ¿Democracia post-liberal?, Anthropos, Barcelona, 2005.

(7) Cf. DUSSEL E., 20 tesis de política, Crefal-Siglo XXI ed., México, 2006.

(8) Cf. ROIG A. A., Teoría y crítica del pensamiento latinoamericano, cap. III, FCE, México, 1981.

miércoles, 14 de julio de 2010

¿Qué es lo natural?


Con motivo del debate caliente sobre la extensión de derechos y la igualación, una lucha permanente a lo largo de la historia humana, como en otras ocasiones, surge el argumento de "lo natural", de la "ley natural" o del "derecho natural". Pero la pobreza de las argumentaciones y del debate en sí mismo, no hacen más que reducir estas palabras a consignas de batalla que anulan el pensamiento. ¿Qué se quiere decir con que el matrimonio heterosexual es "natural"? ¿Qué es lo natural? ¿De qué naturaleza hablamos?

Es claro que el término es polisémico, en tanto significa varias cosas que no siempre se aclara: por ejemplo, cuando se dice que hay que defender “la familia tal como la naturaleza la ha concebido”, hay un significado casi biologista del término, mientras que cuando se habla de la “naturaleza de la familia” el uso es casi metafísico, esencial; e incluso el término ‘naturaleza’ significa otra cosa en la expresión “derecho natural” en el que se alude a un plano superior en una jerarquía jurídica.

El derecho natural es un "gancho trascendental", como lo llaman José A. Marina y María de la Válgoma en su libro "La lucha por la dignidad" (Marina-Válgoma, 2005), que no siempre se usó de la misma manera. Es más, siempre se usó en varios y contrapuestos sentidos: sirvió tanto para frenar los avances de la lucha por la dignidad y la igualdad como para sostenerlos y fundamentarlos. El ya clásico y respetado José Luis L. Aranguren (Aranguren, 1968) ha distinguido cinco posibles funciones desempeñadas histórico-socialmente por el derecho natural:

1. Hermenéutica, pues ha servido para la interpretación de términos, para llenar las "lagunas" del derecho positivo o lo no previsto por él: función de lógica jurídica dice Aranguren, aunque en este sentido el derecho natural pudo ir más allá que la mera aclaración de términos, pasando a cumplir la siguiente función.

2. Supletoria de relaciones jurídicas que llegan a constituir todo un corpus trascendente al ámbito inicialmente "positivo" de cada pueblo: así pudo haber nacido el ius gentium, que Vitoria considera como derecho natural o derivado inmediatamente de él.

3. Metajurídica, en el sentido de que el derecho positivo no es una realidad cerrada en sí misma, sino proyección de un ethos cultural, de una Weltanschauung, dentro de la cual se inscribe y donde cobra todo su sentido: el derecho natural actúa aquí como un cuerpo de principios metajurídicos de los que el derecho procede y en los que el derecho se funda, y a los que a veces es necesario apelar incluso jurídicamente.

4. Reaccionaria, cuando se vuelve hacia el pasado y sus viejas leyes que son consideradas "naturales", es decir dadas, frente al nuevo derecho, meramente puesto.

5. Progresista, cuando mira al futuro, "hacia una sociedad que oriente el dinamismo de la historia en un sentido más justo que el presente".

Es evidente que la jerarquía de la Iglesia católica últimamente sólo reconoce la cuarta función. Y lo hace en combinación con un concepto de naturaleza que tiene su primera expresión más acabada en San Agustín y se prolonga en las ideas del iusnaturalismo racionalista moderno, pero que de ninguna manera es el concepto de un Tomás de Aquino como por ahí quieren confundir haciendo pasar gato por liebre. Aunque lo importante no es a qué tradición intelectual pertenece, sino qué es lo que se quiere significar y con qué fin.

En efecto, según el doctor de Hipona, naturaleza significa un estado original e in­contaminado que una cosa posee debido a su creación divina. Cualquier mal (vitium) que pueda sobrevenir a una cosa va, por tanto, en detrimento de su propia naturaleza y en contra de ella. Es una concepción esencialista, dependiente de las eternas ideas platónicas. Esta concepción ahistórica se hace presente también cuando hablamos de la “santiagueñidad” o la “argentinidad” de manera fijista, como si se tratara de una esencia o de una ‘naturaleza’ que existe en algún lugar y que define la autenticidad y la fidelidad o no de los vaivenes históricos.

Dice Ullmann que hay una verdadera reorientación del pensamiento a partir del siglo XIII cuando con Tomás de Aquino se acepta completamente a Aristóteles como parte del instrumental conceptual, y esto no sin resistencias (Ullmann, 1985), pues aparte de su breve resurgimiento en la Salamanca del siglo XVI y en las discusiones del Concilio Vaticano II o de la Teología de la Liberación latinoamericana, el sistema agustiniano dominó la escena intelectual hasta nuestros días, en que se produce un recrudecimiento de sus nociones a partir del papado del agustiniano Ratzinger.

Según Ullmann, el aspecto más notable del sistema tomista lo constituye quizás la insistencia en el concepto de naturaleza, no en el sentido agustiniano especulativo, sino en el aristotélico de realidad física o ser actual. Para Tomás de Aquino, el término naturaleza expresaba el principio de crecimiento y decadencia de cualquier cosa viva. Lo natural es lo que se realiza según las inclinaciones de la naturaleza misma, en una concepción dinámica del ser que implica un camino de desarrollo hacia una cierta plenitud. Por eso no puede ser identificado con contenidos concretos tomados de algún momento de la cultura humana e hipostasiados hacia un plano eterno e inmutable. El concepto de naturaleza usado por Tomás es constitutivamente interpretable a partir de sus múltiples realizaciones históricas: no es otro el sentido que le dieron los escolásticos del siglo XVI a las diferenciaciones entre derecho natural, derecho de gentes y derecho positivo, como una gradación de las posibles interpretaciones de aquellas inapresables inclinationes que sólo se descubren en sus expresiones históricas. Así, el principio de hospitalidad pertenece al derecho natural, el de respeto a los embajadores al derecho de gentes y las formas concretas en que ésto debe realizarse, al derecho positivo. De la misma manera, uno puede entender como perteneciente a la naturaleza humana (a sus inclinationes) el principio de socialidad y supervivencia, pero cómo se realiza el mismo pertenece ya a las interpretaciones históricas del plano del derecho de gentes (que la socialidad se realice primariamente a través del núcleo de vínculos afectivos que llamamos ‘familia’) y del plano del derecho positivo (cómo se integra y a qué se le llama ‘familia’).

En suma, la ‘naturaleza’ no es un determinado contenido de definiciones atemporales, eternas, fijas, que deba realizarse siempre de la misma manera. La ‘naturaleza’ es un principio de operaciones que define a una realidad en el nivel de sus potencialidades, las que deben actualizarse históricamente contando con la contingencia y la novedad que ello implica. Claro, esto según Tomás de Aquino interpretando a Aristóteles. Que no son poca cosa en la historia del pensamiento.

Decir que la familia es una realidad natural es una expresión al menos incompleta, cuando no errónea. Lo natural es la socialidad, mientras que los modos de ésta son históricos. Y lo histórico puede tener incluso un grado de permanencia y firmeza institucional (derecho de gentes) que lo hace parecer como natural pero no lo es. Allí podemos ubicar a la familia (como núcleo de vínculos primarios). Pero la forma concreta de familia pertenece al plano más variable que es el que se regula por el derecho positivo, incluyendo aquí la figura del matrimonio, la monogamia, el matrimonio libre y romántico, que son invenciones muy recientes en la historia de la humanidad, e incluso, sólo de Occidente. Hay y hubo familias conyugales (dos adultos que viven juntos con hijos propios o adoptados), consanguíneas (grupo difuso de parientes), extensa o ampliada (grupo doméstico con o sin relaciones sanguíneas, que incluye varias generaciones y relaciones en torno a diferentes objetivos primarios -nuestras culturas latinoamericanas incluyen por ejemplo el compadre y el ahijado como un vínculo incluso más fuerte que el sanguíneo-); familias polígamas (relación con más de un cónyuge), con poliandria (esposa compartida por varios maridos) o con poliginia (marido compartido por varias mujeres); monógama sucesiva (relación entre un hombre y una mujer por vez), monoparental (con un solo progenitor presente, matrifocal o patrifocal). Con relación al tipo de residencia posmarital se reconoce otras tantas modalidades: neolocalidad (la pareja vive en un lugar distinto a los parientes de uno y de otro), bilocalidad (la pareja vive alternativamente con los parientes de uno y de otro cónyuge), ambilocalidad (algunas parejas viven con los parientes de uno y otras con los del otro), patrilocalidad (con el padre de un cónyuge), matrilocalidad (con la madre), avunculocalidad (con el hermano de la madre del marido), amitalicalidad (con la hermana del padre de la esposa), uxorilocalidad (con los parientes de la mujer), virilocalidad (con los parientes del marido), y todas las combinaciones posibles de las anteriores (Cf. Boladeras y Campillo, 2001). Y eso sin hablar de las formas cada vez más frecuentes entre nosotros de familias ensambladas, con hijos estudiando afuera, con “allegados” y ahijados conviviendo bajo el mismo techo, etc.

Sólo como fruto de la pereza mental o de la mala leche, podemos atribuir a la familia romántico-conyugal monogámica sucesiva de neolocalidad un carácter de naturaleza esencial ahistórica, cuando en realidad se trata de una de las muchas posibilidades de organización histórica de ese núcleo vincular de afectos que llamamos ‘familia’. ¿Pues qué otra cosa es la familia sino un vínculo de amor? ¿Pediremos un ADN a cada miembro para saber si biológicamente pertenece o no a la familia? ¿Son más familia los hijos sanguíneos que los adoptados? Quién pertenece o no a la familia depende del vínculo de amor que establezcamos.

Que las funciones en el interior de la familia también son un fruto histórico y no natural es otro corolario de este planteo. En algunas culturas la función paterna la desempeña el tío por parte de madre, en otras el abuelo, en otras la función materna está más distribuida, etc. Y según esas funciones desempeñadas al interior de los vínculos de amor se ira construyendo la propia identidad, como amalgama de lo biológico y lo social. Pero estos son temas para otra entrada.



Bibliografía

  • MARINA José Antonio y VÁLGOMA María de la, La lucha por la dignidad, ed. Anagrama, Barcelona 2005.
  • LOPEZ ARANGUREN, José Luis: Etica y Política, Ed. Guadarrama (2a Ed.), Madrid 1968.
  • ULLMANN Walter, Principios de gobierno y política en la Edad Media, Alianza, Madrid 1985.
  • BOLADERAS Margarita y CAMPILLO Neus, Filosofía Social, ed. Síntesis, Madrid, 2001.

domingo, 4 de julio de 2010

Entradas desde mi iPhone

Vamos a ver si reactivamos este blog con ideas al toque.
Hay otra dirección que estoy probando: http://buhoster.wordpress.com